Visión General

El presente documento engloba las modificaciones realizadas para realizar los envíos/recepción de DUAS de exportación con la versión 3.0.

Esta nueva versión, como característica principal, permite declarar un ‘PREDUA’ de exportación en aquellas ubicaciones que la AEAT tenga disponibles para ello.

La AEAT llama PRE-DUA de exportación a la declaración de exportación con contenedores, los cuales no están aun físicamente en el recinto de expedición de la exportación.

De esta forma, y únicamente para el caso de ubicaciones de expedición preparadas para Pre-DUA de exportación, el operador podrá enviar a la AEAT declaraciones de exportación aún y cuando la mercancía no esté en el recinto de expedición.

En el momento que la totalidad de la mercancía declarada entre en el recinto, la declaración se activará y se obtendrá el circuito correspondiente.

Las ubicaciones preparadas para poder recibir Pre-DUA de exportación se podrán consultarse en la consulta de Sede Electrónica.

El funcionamiento será el siguiente:

Cuando se declare un alta de DUA de exportación con contenedores en una ubicación preparada para poder recibir Pre-DUA de exportación, la AEAT comprobará si todos los contenedores de la exportación están físicamente en el recinto de expedición de la exportación.

Si alguno de ellos no estuviera, la AEAT responderá al mensaje de alta con un código de respuesta que indica que la declaración ha quedado PreAdmitida y se considera como un PRE-DUA de exportación.

No se devuelve el circuito resultante, ya que los PRE-DUAs no tienen circuito.

En el momento en el que todos los contenedores de la exportación hayan entrado en el recinto de expedición, la AEAT intentará activar el PRE-DUA, para convertir el PRE-DUA en DUA, validando de nuevo todos los campos y asignándole circuito.

Así mismo, la AEAT enviará un mensaje de Notificación de Admisión / Anulación del Pre-DUA de Exportación, a través de bandeja de entrada, para notificarle el resultado de ese intento de activación.

Según indica la AEAT, el PRE-DUA de exportación puede quedar esperando a que entren los contenedores en el recinto durante 30 días desde que se envió el alta de la declaración.

Pasados esos 30 días, el PRE-DUA será anulado automáticamente por el sistema de la AEAT, y se enviará mensaje de Notificación de Anulación del Pre-DUA de Exportación en el que se indica que ha sido anulado por cumplir el plazo.

El mensaje de “Notificación de admisión/anulación del DUA de exportación”, puede contener tres tipos de respuesta:

  • Admisión. Se indicará :
    • Fecha de admisión
    • Circuito. En el caso de canal ‘Verde’, además se indicarán el resto de valores correspondientes para las exportaciones en circuito verde.
  • Error. Se indicarán los errores que se han producido al intentar pasar a admitido el PRE-DUA de exportación, es decir, convertir el PRE-DUA en DUA admitido-
  • Anulación. Se indicará que el PRE-DUA ha sido anulado por llevar 30 días en estado de PRE-DUA.

Ciclo de modificaciones

Dossier – DUA Exportación

Los cambios realizados para la nueva versión de exportación 3.0 corresponden básicamente a la respuesta recibida por parte de la AEAT. Es por ello que la confección del Dossier/DUA de exportación tiene la misma operativa que en la versión actual versión 2.0.

En el caso que se envíe una declaración de exportación con contenedores y todos ellos estén físicamente en el recito de expedición de la exportación, el proceso de envío y recepción de los menajes será el mismo que con la actual versión 2.0.

En el caso que se envíe una declaración de exportación con contenedores y alguno o la totalidad de los mismos no están aun físicamente en el recinto de expedición de la exportación, la AEAT enviara un mensaje de respuesta de declaración de exportación ‘PRE-DUA’.

Dossier enviado a la AEAT y pendiente de entrada del/los contenedor/es en el recinto de expedición de la exportación

Dossier

Una vez que la AEAT comunique que el/los contenedor/es correspondientes a la declaración de exportación ha sido admitida, se podrá recuperar la respuesta del DUA con los datos correspondientes a través de la Bandeja de Entrada de la AEAT mediante el servicio Web correspondiente.

Para poder acceder a esta información se han creado las siguientes opciones:

Recuperar Datos Bandeja de Entrada AEAT.

Desde esta opción, se accederá al servicio Web correspondiente y rescatarán los datos de la respuesta de la declaración.

Los datos de la respuesta de la declaración se indicarán en el Dossier/DUA.

La leyenda ‘PRE-DUA Exportación Pendiente AEAT’ desaparecerá.

Histórico Bandeja de Entrada AEAT

Al acceder a la opción de recuperar los datos de la bandeja de entrada de la AEAT a través de las opciones correspondientes, el proceso creará un registro donde se guardará los datos relativos a la respuesta recuperada de la Bandeja de entrada.

Desde la opción ‘Histórico Bandeja de Entrada’ se podrá realizar la consulta de los mismos.

Haciendo doble clic con el ratón sobre la línea se podrá ver el fichero de respuesta recibido.

Ejemplo de fichero enviado.

 

En el caso que la respuesta recuperada de la Bandeja de Entrada indicará errores en la declaración, estos se podrán consultar en la pestaña ‘Errores’.

Otras áreas

Configuración – Sistemas – Valores Fijos

Dado que durante un periodo de tiempo que determina la AEAT pueden convivir las versión 2.0 y la versión 3.0 de la guía de Exportación, se ha creado una parametrización a través de valor fijo para determinar la versión que se está utilizando.

El valor fijo es ‘agdVersionECS’ y sus posibles valores:

  • ECS002. Indicará que los envíos a la AEAT se realizarán con la versión 2.0. Con esta versión al realizar a declaración de exportación, se deberá tener en cuenta que todos los contenedores indicados en la misma deben estar en el recito correspondiente.
  • ECS003. Indicará que los envíos a la AEAT se realizarán con la versión 3.0. En esta versión se podrá declarar un ‘PRE-DUA’ de exportación en aquellas ubicaciones que la AEAT tenga disponibles para ello

El valor fijo se puede configurar por Compañía, División, Usuario.

Es recomendable parametrizar a un número de usuarios limitado con la nueva versión y posteriormente configurar la parametrización al resto de usuarios.

Configuración – Edi – Mensajes

Se deberá definir los siguientes mensajes de envío y recepción:

  • NOTPRES . Notificación pre dua exportación (Salida)
  • NOTPREE. Notificación pre dua exportación (Entrada)
  • CUSRESECS3. CUSRES92.1 EXPORTACIÓN (Versión 3.0)

Se podrá realizar en la opción ‘Mensajes’

Así mismo, se deberá indicar la ruta correspondiente al fichero de entrada del mensaje ‘CUSRESECS3’.

Configuración – Edi – Importación/Exportación de Mensajes

Dado que la versión 3.0 de exportación conlleva modificaciones en la estructura del mensaje de respuesta, es necesario actualizarla. Por ello, se deberá cargar la estructura de la respuesta correspondiente al mensaje CUSRESECS3.

Se podrá realizar en la opción ‘Importación/Exportación de Mensajes’

Se deberá seleccionar el fichero de estructura en la ubicación correspondiente.

Pulsando el botón, se abrirá una pantalla para poder seleccionar el fichero

Se seleccionará el fichero correspondiente pulsado ‘Abrir’

Y se cargará la nueva estructura pulsado ‘Siguiente’ y ‘Aceptar’

Configuración – Edi – Parámetros

Se deberán definir los mensajes de solicitud de Notificación de Pre-DUA de exportación en la tabla de parámetros de aduanas:

  • NOTPRES . Notificación pre dua exportación (Salida)
  • NOTPREE. Notificación pre dua exportación (Entrada)

Se podrá realizar desde la opción ‘Parámetros’

Fecha última modificación: marzo 26, 2021 por Andreu Camps